Castillo-Calvín | Artículos Jurídicos
Esta sección de nuestro abogado Rodrigo Castillo, publicada igualmente en su Blog DeLaCompetencia.es, contiene una selección de artículos jurídicos y comentarios doctrinales sobre Derecho Administrativo y procedimiento contencioso-administrativo. Analiza igualmente los aspectos más destacables relacionados con los recursos de casación, recursos de amparo constitucional y con la jurisprudencia europea, tanto del del Tribunal de Justicia de la Unión Europea como del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Si desea leer el artículo completo, pulse sobre la imagen correspondiente.
La doble instancia judicial en vía contencioso administrativa: Doctrina Saquetti
La interpretación restrictiva del criterio del interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia puede vulnerar el derecho al doble grado jurisdiccional, privando al recurrente de un examen completo de los fundamentos jurídicos de sus alegaciones y, con ello, de la revisión de la sentencia dictada en única instancia. Esta cuestión no ha quedado resuelta en nuestro país por el Tribunal Supremo tras la sentencia dictada por el TEDH en el caso Saquetti, como se analiza en el presente artículo.
Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo en relación con el recurso de casación civil
En el Acuerdo relativo a la extensión y otras formalidades de los escritos de interposición y oposición para los recursos de casación civil adoptado recientemente por la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo se especifica que la «carátula» que debe acompañar al escrito de interposición del recurso se deberá ahora cumplimentar mediante un modelo obligatorio, siendo destacable que el pormenorizado contenido de este formulario obligará a exponer con bastante limitación de espacio una serie de datos considerados esenciales, por lo que los abogados deberán, a partir de ahora, realizar un importante esfuerzo de síntesis para encajar toda la información requerida en el preceptivo documento.
La inexplorada vía de las demandas de error judicial en vía contencioso administrativa
La doctrina jurisprudencial del proceso por error judicial resalta que este cauce sólo puede prosperar «cuando la posible falta de adecuación entre lo que debió resolverse y lo que se resolvió sea tan ostensible y clara que cualquier persona versada en Derecho pudiera así apreciarlo» (STS de 19 julio de 2022). Por ello se trata de una vía de riguroso y estricto alcance, en la práctica muy poco utilizada. Según datos del CGPJ las demandas presentadas en vía contencioso administrativa apenas superan las 20 al año. Pero no por tratarse de un remedio extraordinario deja de ser relevante, por lo que merece la pena explorar su viabilidad como vía alternativa o complementaria al recurso de amparo cuando concurran los presupuestos necesarios para instarla.
El nuevo formulario obligatorio para la presentación de recursos de amparo
Por vía de Acuerdo de fecha 15 de marzo de 2023 el Pleno del Tribunal Constitucional ha regulado la presentación de los recursos de amparo a través de su sede electrónica, estableciendo la obligación de acompañar un formulario a la tradicional demanda. El contenido de lo expuesto en el nuevo formulario «permitirá al Tribunal, en su caso, descartar la concurrencia de la lesión constitucional, de la especial trascendencia del recurso o del debido agotamiento de la vía judicial previa». De esta manera, para la decisión de admisión o no a trámite del recurso de amparo lo decisivo será el formulario -de extensión muy limitada- y no la demanda.
Doctrina del Tribunal Europeo de derechos Humanos sobre el incidente de nulidad
El incidente excepcional de nulidad de actuaciones carece hoy prácticamente de utilidad, pues teniendo en cuenta el escaso número de ocasiones en que se estima, su función constitucional ha quedado limitada al de mera formalidad; un trámite más, pero generalmente con costas, requerido para acudir al recurso de amparo. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos en su sentencia de 15/12/2022, caso Olivares Zuñiga c. España, advierte al Tribunal Constitucional que no todo vale para inadmitir a trámite un recurso de amparo.
Falta, carencia, e insuficiente fundamentación del interés casacional objetivo
Las providencias y autos vienen a diferenciar aquellos supuestos en que la inadmisión del recurso de casación se justifica por la falta o ausencia de una adecuada fundamentación, de aquellos otros en que, simplemente, el asunto no reviste de interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia. Una diferencia que no debe resultarnos indiferente, en cuanto la decisión de recurrir y en qué términos debemos hacerlo, puede resultar una opción decisiva para la defensa de los intereses del recurrente. Éstas son las cuestiones que abordamos en el presente artículo.
Bibliografía destacada
La labor investigadora de José Miguel Castillo Calvín le ha llevado a publicar diversas obras monográficas y más de cincuenta artículos de referencia en revistas especializadas. Cabe destacar su participación, entre otras, en las siguientes publicaciones:
Repertorio de consideraciones sobre responsabilidad civil médica y hospitalaria, en la «Revista Jurídica Española de Doctrina, Jurisprudencia y Bibliografía» (2001) y en la «Revista de Responsabilidad Civil y Seguros» (2002), ambas de la Editorial La Ley.
Análisis de los derechos en materia sanitaria de los inmigrantes no comunitarios, capítulo del libro «Inmigración y Salud», editado por Cruz Roja Española (2003).
Responsabilidad patrimonial de la Administración: Conflictos de competencia y acceso a la casación, en la «Revista de Responsabilidad Civil y Seguros», de Editorial La Ley (2007).
Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Estudios y comentarios, editado por Comares (1995).
Manual Práctico de Responsabilidad de la Profesión Médica, editado por Comares (2011).
Monografía La Elaboración de las leyes penales en España, editado por Tirant lo Blanch (2021).
Monografía «El Derecho y la Inteligencia Artificial», editado por la Universidad de Granada (2022).
C/ Montalbán, 3. 4º Dcha. 28014. Madrid
C/ Carril del Picón, 3. 1º A. 18002. Granada
© 2024 Castillo-Calvín.